Tribunal respalda a jueza del caso Rodrigo Medina

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Tribunal respalda a jueza del caso Rodrigo Medina

Rodrigo Medina, ex gobernador de Nuevo León / Foto: Archivo
La jueza federal Beatriz Jaimes, ha concedido amparos y suspensiones al exgobernador de la entidad, Rodrigo Medina así como a exfuncionarios que colaboraron con él en su administración

Un tribunal colegiado declaró infundados una serie de procedimientos promovidos por la Procuraduría General de Justicia de Nuevo León en contra de la jueza federal Beatriz Jaimes, quien ha concedido amparos y suspensiones al exgobernador de la entidad, Rodrigo Medina así como a exfuncionarios que colaboraron con él en su administración.

Fue el subprocurador Especializado en Combate a la Corrupción de ese estado, Ernesto Canales quien afirmó ante el Poder Judicial de la Federación que Jaimes Ramos cometió irregularidades en los juicios de amparo promovidos por el exmandatario local.

Ante esto decidió presentar una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal y una denuncia de hechos ante la Procuraduría General de la República que pudiera generar alguna sanción en contra de la jueza de Distrito pues, a su decir, la juzgadora había perdido imparcialidad.

Sin embargo, los magistrados integrantes del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito declararon infundada la recusación formulada por la Procuraduría estatal, en razón de que la jueza informó que hasta el momento su imparcialidad no estaba afectada.

"La existencia de los posibles detonantes de imparcialidad, no implicaba que hayan influido en el ánimo de la juzgadora, dado que no debía soslayarse que la causa de impedimento invocada constituye un aspecto subjetivo, de modo que una misma situación o escenario, no genera las mismas reacciones en personas distintas, pues es notorio que cada individuo tiene su propia forma de responder atendiendo a la manera en que se encuentra conformada su personalidad”, señalaron.

Incluso el tribunal aclaró que su resolución no implica cerrar la posibilidad de que hacia el futuro se generen pruebas que demuestren una tendencia parcial en la juzgadora o que ella aduzca que se encuentra impedida para seguir conociendo de los juicios relacionados con Medina de la Cruz.

"La existencia de actitudes de parcialidad deben estar exteriorizadas en forma clara e indudable con anterioridad a la formulación del impedimento mediante situaciones concretas que las demuestren o las hagan inferir objetivamente.

"(De lo contrario) se llegaría al absurdo de que bastaría la presentación de una acusación de carácter grave para que el recusante consiguiera caprichosamente que el asunto que le interesa lo resuelva el órgano jurisdiccional que mejor le acomode; lo cual evidentemente es incompatible con la finalidad y función que tienen las causales de impedimento en el sistema de impartición de justicia que rige en nuestro país”, indicaron.