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Senado aprueba ley de amnistía y otras actividades que debes saber realizaron en la última semana de abril
El Pleno del Senado de la República aprobó el dictamen a la minuta que expide la Ley de Amnistía, a efecto de descongestionar los centros penitenciarios y aminorar el contagio de Covid-19, al interior de los reclusorios.
El proyecto de decreto fue aprobado, en lo general y los artículos no reservados, con 68 votos en favor, 14 en contra y dos abstenciones.
La presidenta de la Mesa Directiva, Mónica Fernández Balboa, remitió el documento al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
El dictamen parte del reconocimiento de que muchas de las conductas que mantienen privadas de su libertad a aquellos que las cometieron, no generaron un daño grave a un bien jurídico tutelado, no pusieron en peligro insuperable los derechos fundamentales de terceros, ni pone en evidencia la intención del sujeto activo de volver a delinquir.
Población beneficiada
El proyecto decreta amnistía en favor de mujeres procesadas o sentenciadas en tribunales federales por aborto en todas sus modalidades, personas obligadas a participar en delitos contra la salud por sus condiciones de pobreza o por el crimen organizado y ciudadanos que portaban dosis pequeñas de drogas sin fines comerciales.
Asimismo, se beneficiará a indígenas que no recibieron una defensa acorde a su lengua y cultura, a presos por razones políticas y a aquellos que cometieron ilícitos menores sin violencia ni armas.
Se aclara que la amnistía se aplicará para dichos casos, cuando las personas no sean reincidentes, respecto del delito por el que están indiciadas o sentenciadas, y siempre que los ilícitos mencionados se hayan cometido antes de la fecha de entrada en vigor de este decreto.
Respecto del tema del aborto, se favorecerá a la madre del producto del embarazo interrumpido, a los médicos, cirujanos, comadronas o parteras, u otro personal autorizado de servicios de salud, que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo, cuando la conducta delictiva se haya realizado sin violencia y con el consentimiento de la madre.
En cuanto a los delitos contra la salud, la amnistía será procedente cuando la persona que los cometió se encuentre en situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, tenga discapacidad permanente, o el ilícito lo haya realizado por indicación de su pareja sentimental, pariente consanguíneo, por temor fundado, o haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada.