Usted está aquí
Condicionada la pensión a pareja estable coexistente
Saltillo.- Con las recientes reformas que aprobó el Congreso del Estado a la Ley para la Familia de Coahuila, la obligación de dar una pensión alimenticia a la “pareja estable coexistente”, independiente del estado civil, se condicionará al tiempo que haya durado dicha relación y la ingratitud no será motivo por el que una de las dos partes no pueda reclamar su pensión.
La Ley para la Familia de Coahuila, que fue aprobada en noviembre del año pasado, contempla en su artículo 284 la obligación recíproca de darse alimentos entre la “pareja estable coexistente”, es decir, aquella relación independiente al matrimonio o cualquier otro estado civil de cada uno de ellos.
Pese a que dicho ordenamiento entra en vigor en el mes de junio, el Congreso del Estado aprobó la semana pasada diversas modificaciones a la ley, entre ellas al artículo que obliga a dar pensión alimenticia a la pareja estable coexistente. La obligación se sujetará al tiempo que haya durado la relación.