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Diputados plantean reglamentar admisión y promoción de maestros
Ciudad de México. En un intento por solucionar el conflicto con los maestros, los coordinadores parlamentarios en la Cámara de Diputados presentaron una nueva redacción de un artículo 16 transitorio a la reforma constitucional en materia educativa, para que los procesos de admisión, promoción y reconocimiento se reglamenten en una ley.
La redacción de la nueva adenda, obtenida por este diario, y que es la segunda sobre este punto, plantea:
"Con fundamento en este decreto, la admisión, promoción y reconocimiento se regirán por la ley reglamentaria del sistema para la carrera de las maestros y los maestros".
Dicho artículo forma parte del documento que las comisiones unidas de Educación y Puntos Constitucionales preveían discutir en la sesión de esta mañana, que no se celebró por el bloqueo de la sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación.
Además, en el nuevo agregado se deja sin cambios la propuesta, para el mismo artículo transitorio, de que "con la entrada en vigor de las presentes disposiciones, los derechos laborales de los trabajadores al servicio de la educación se regirán por el artículo 123 constitucional apartado B".
De esta manera, los coordinadores plantean que no se modifique la redacción del nuevo párrafo sexto del artículo 3o de la Constitución, objetado por los maestros, que en el proyecto de dictamen prevé:
"La admisión, promoción y reconocimiento del personal que ejerza la función magisterial, directiva o de supervisión, se realizará a través de procesos de selección a los que concurran los aspirantes en igualdad de circunstancias, los cuales serán públicos, transparentes, equitativos e imparciales y considerarán los conocimientos, actitudes y experiencia necesarios para el aprendizaje y el desarrollo integral de los educandos. Los nombramientos derivados de estos procesos sólo se otorgarán en términos de la ley. Lo dispuesto en este párrafo en ningún caso afectará la permanencia de las y los maestros en el servicio..."
El mismo párrafo prevé que esas disposiciones no aplicarán para las universidades e instituciones autónomas de educación superior.