¿Estás de acuerdo en que se cumpla la ley?

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¿Estás de acuerdo en que se cumpla la ley?

El ciudadano leerá la pregunta de la consulta:

“¿Estás de acuerdo o no/ en que se lleven a cabo las acciones pertinentes,/ con apego al marco constitucional y legal,/ para emprender un proceso de esclarecimiento/de las decisiones políticas tomadas en los años pasados/ por los actores políticos,/ encaminado a garantizar la justicia y los derechos/ de las posibles víctimas?”.

Es pregunta de sí o no. Aceptación o rechazo. Aprobación o reprobación.

Se habla de acciones completas, no sólo iniciadas sino que se “lleven al cabo”. Se habla de “pertinencia”: que sean adecuadas, oportunas, proporcionadas, certeras. Se menciona “legalidad y constitucionalidad”. Y de sólo “emprender un proceso”, no de enjuiciamiento sino de “esclarecimiento” que está en el nivel de percepción. Se mencionan “decisiones políticas tomadas” señalando así acciones y no se precisan límites de tiempo sino se habla de “años pasados” que son incontables y pueden llegar hasta la civilización azteca.

Y las acciones no son de gobernantes sino de “actores políticos”. Esa expresión incluye toda la burocracia y todos los niveles de autoridad.

Ese proceso, dice la pregunta propuesta,  está encaminado a “garantizar”. Ese es un verbo para algo presente o futuro pero aquí se aplica al pasado. Y lo que se garantiza es “la justicia y los derechos” de las “víctimas” producidas por las decisiones políticas de actores políticos. Y no sólo de las víctimas reales sino también de las “posibles”.

Es probable que el votante no sepa exactamente a qué tiene que darle su aprobación, su acuerdo y su aceptación, al leer esta pregunta en los kioscos de votación. Es como si en la tienda de la esquina uno pregunta si hay frijol  y le responden que mejor pregunte si hay habas. Se parecen pero no saben igual.

Claro. Se presume inocencia si no hay pruebas. Quien acuse es quien tiene que presentarlas. Si hay presuntos culpables, no puede pedirse que se les trate como reos. La Corte quiso evitar lesión de derechos humanos. Hubo sin embargo, una ministra que señaló que no es incumbencia de esa elevada instancia cambiar sustancialmente la pregunta ciudadana y también se señaló, en el intercambio del análisis, que la justicia no se consulta, sólo se ejerce y se cumple, aplicando la ley. No se consulta si se hace o no aquello que, si se omite, equivale a incumplimiento.

Es como preguntar: Si hay sospecha de delito por “decisiones políticas” de “actores políticos” que causan víctimas, ¿estás de acuerdo en que se investigue? Si sospechas que alguien te extorsiona o te roba, ¿estás de acuerdo en que “se inicie un proceso de esclarecimiento porque tú te crees víctima no posible sino real?

Se pierde el sentido de disyuntiva, de auténtico dilema, de verdadera opción o alternativa si la respuesta negativa se ve como necia, idiota o irresponsable.

Acaso la democracia ha de ser tan “participativa” que una ciudadanía o un gobernante, apoyado por el Poder Judicial, haga su lista de preguntas así: ¿Estás de acuerdo en que se investigue si matan a tu mujer? ¿Estás de acuerdo en que se inicie un proceso para ver claro si se sospecha que los guardianes fueron cómplices de la fuga de un preso? ¿Estás de acuerdo en que si las calles están sucias se organice un servicio de limpieza? En cosas tan obvias ¿quién dirá “no” a la hora de responder?

Una consulta innecesaria, con pregunta despistada que la Corte quiso constitucionalizar, haciéndola enredada y confusa, tratando de evitar su riesgo acusatorio pero dejándole su rumbo dirigido a un previsible “SÍ”, de sentido común sanchopancesco...

También es explicable que un gobernante pregunte lo obvio en situación delicada que afecta a cuatro ejercicios presidenciales de un pasado inmediato. Busca así explicitar mandato para mandatario y así lograr congruencia ejecutiva y plena libertad judicial...