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Segob es la encargada de clasificar programas: IFT
CIUDAD DE MÉXICO.- El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) no tiene facultades para regular la clasificación de contenidos.
“Todo lo relacionado con clasificación de contenidos, facultades normativas y facultades de verificación y sancionatorias, son exclusivas de la Secretaría de Gobernación (Segob) de acuerdo con los artículos 217, fracción VII y 308 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, informó el regulador a EL UNIVERSAL.
Organizaciones de la sociedad civil y el Congreso solicitaron al instituto y a la Segob que regulen la programación de narcoseries que se transmiten en la televisión abierta comercial.
El artículo 217 explica que a la Segob le corresponde verificar que las transmisiones de radio y televisión cumplan con los criterios de clasificación.
“Incluidos aquellos relativos a la programación dirigida a población infantil, de conformidad con los lineamientos que emita en términos de la presente Ley”, dice la legislación. También es atribución de Segob sancionar en caso de que se incumplan lineamientos que regulen la programación destinada al público infantil.
Asimismo, establece los lineamientos que regulen la publicidad que se transmita durante los horarios destinados al público infantil.
Las sanciones a las televisoras que incumplan con la ley en materia de contenidos audiovisuales van desde el equivalente a 0.01% y hasta 5% de los ingresos del concesionario, autorizado o programador.
El estudio sobre oferta y consumo de programación para público infantil en radio, televisión radiodifundida y restringida, del IFT entre 2013 y 2014, revela que 72% de los infantes tiene a la televisión abierta como el principal medio y, de lunes a viernes, la exposición de niños a esta comienza a la 1:00 de la tarde y entre las 8:00 y 10:00 de la noche se alcanza el mayor número de televisiones encendidos por parte del público infantil.