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Senado presenta recurso contra Ifetel
Ciudad de México. El Senado interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) en contra del Acuerdo mediante el cual aprobó y emitió “Los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias” por considerar que el organismo autónomo violó la esfera de competencia del Congreso de la Unión, además de que vulnera los derechos humanos y la libertad de expresión.
El documento entregado en la oficialía de partes de la SCJN por el presidente de la Cámara Alta, Pablo Escudero, sostiene que el Ifetel vulnera la libertad de expresión de los periodistas y comunicadores al establecer de medios electrónicos de comunicación, entre otras cosas, su obligación de advertir de manera expresa y clara, cuando emite alguna opinión y cuando está leyendo una información.
“Esta obligación impuesta a las personas, derivada de unos lineamientos de carácter administrativo va más allá de los límites previstos y razonables a la eficacia del servicio de radiodifusión, la libertad de expresión y de difusión de ideas”, sostiene el documento.
Entre los lineamientos impugnados y que pretende invalidar el Senado, destaca la obligación de concesionarios de radiodifusión, televisión o audio restringidos de expedir Códigos de Ética con el objeto de proteger derechos de las audiencias” además de garantizar la libertad de expresión, programática, libertad editorial y se evite cualquier tipo de censura previa sobre sus contenidos”.
Resulta claro, sostiene la demanda, que el Ifetel se extralimitó en el ejercicio de sus atribuciones, pues no existe disposición alguna que los faculte para regular, el derecho de las audiencias. Además de que la reglamentación impugnada “impone obligaciones ineficientes y que violentan el derecho humano a la libertad de expresión”, las cuales, “hacen ineficiente la prestación del servicio público de radiodifusión, televisión y audio restringidos”.
El Senado cuestiona disposiciones como el que al suspender y reanudarse un programación, se deben mostrar las frases “Se suspende programa e inicia corte programático que incluye publicidad” y “termina corte programático que incluye publicidad, se reanuda programa”, durante al menos 5 segundos, ya sea de pantalla completa o por medio de una pleca en la parte inferior derecha”
En términos generales, el Senado cuestiona la validez de los lineamientos publicados el 21 de diciembre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, particularmente los artículos 13, fracción I; 15 y 46, fracción VII.