“Estamos por adquirir en algunos días una unidad movil. Es una oficina rodante que va a inscribir a las empresas para que ya no tengan que darse la vuelta hasta las oficinas y para que sus cocineros tengan todo lo de ley”, dijo.
La unidad tiene un costo arriba de un millón de pesos y señaló que la unidad circulará por todo el Estado de Coahuila.
¿Qué dice la ley?
El Reglamento para la Protección de los no Fumadores en el Estado de Coahuila prohíbe el consumo de tabaco en lugares públicos cerrados.
-Artículo 1.- Esta ley es de orden público e interés general, y de observancia obligatoria en el Estado de Coahuila.
-Artículo 2. La presente ley tiene por objeto:
-I. Promover la cultura de tolerancia y respeto en la convivencia entre no fumadores y fumadores;
-II. Prevenir, concientizar y difundir las consecuencias para la salud de las personas, generadas por el consumo voluntario de productos del tabaco;
-III. Proteger la salud de los no fumadores de los efectos por inhalar involuntariamente el humo ambiental generado por la combustión del tabaco, al convivir en espacios cerrados con fumadores, en los sitios señalados en esta ley.